Los servicios de documentación de El Apuntador (un negociado de igual rango que mis servicios secretos) tienen un dato interesante para los gestores culturales que leen este blog. Pueden pinchar aquí y contemplar las bases de una convocatoria de oposición para el Ayuntamiento de Pamplona.
Os resumo algunos datos:
Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Titulado Superior en el Area de Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Pamplona
BASES
1.-Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Titulado Superior, en el Area de Cultura y Turismo, del Ayuntamiento de Pamplona, para el desarrollo de los trabajos de la elaboración de la candidatura de Pamplona a Capital Europea de la Cultura 2016.
Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.
Asimismo quedará, en todo caso, supeditada a la inexistencia, en la última convocatoria pública, celebrada o a celebrarse, de personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos para el puesto de trabajo de Titulado Superior, no hubiera obtenido plaza; dado que los aprobados sin plaza de la última convocatoria pública resuelta gozarán de un derecho preferente para la provisión temporal de puestos de trabajo.
2.-Requisitos de los participantes.
En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española, ser mayor de edad y no exceder de la edad establecida para la jubilación.
b) Hallarse en posesión de cualesquier de los siguientes títulos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Bellas Artes, Filosofía, Historia, Historia del Arte, Humanidades, Historia y ciencias de la música, Teoría de la literatura y literatura comparada, Comunicación Audiovisual, Derecho, Economía, Pedagogía, Periodismo, Psicología, Publicidad y Relaciones Públicas, y Sociología.
c) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.
d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
Todos estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y sean llamados para su contratación temporal, en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del correspondiente contrato.
Quienes no presenten dichos documentos, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.
El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.
3.-Instancias.
3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I, que será facilitado en la Oficina de Atención Presencial del Ayuntamiento de Pamplona, calle Mercado, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.pamplona.es, y desde el Boletín Oficial de su publicación.
En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar fotocopia del título exigido y del Documento Nacional de Identidad.
3.2. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.
4.-Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
5.-Listas provisionales.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Area de Presidencia hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona, trasera del Ayuntamiento, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.
6.-Listas definitivas.
Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, por Resolución del Director del Area de Presidencia, se aprobarán las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán publicas en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la base octava de la presente convocatoria.
El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.
7.-Tribunal calificador.
7.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidenta: Doña Paz Prieto Sáenz de Tejada, Concejala Delegada de Cultura y Turismo.
Vocal: Don Enrique Banús Irusta, Titular de la Cátedra Jean Monnet.
Vocal: Don Ignacio Gordejuela Hierro, Jefe de la Sección de Programas Artísticos del Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Navarra.
Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.
Vocal-Secretaria: Doña Teresa Lasheras Balduz, Directora del Area de Cultura y Turismo.
7.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Area de Presidencia, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.
En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.
7.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.
Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.
7.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.
7.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.
8.-Desarrollo y valoración del proceso de selección.
8.1. En la misma Resolución por la que se aprueben las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.
8.2. La selección se llevará a cabo mediante la realización de las siguientes pruebas:
Primera prueba: consistirá en un examen teórico sobre dos de los temas contenidos en el temario de la convocatoria. La prueba se calificará con 30 puntos como máximo, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, 15 puntos.
Segunda prueba: consistirá en un supuesto práctico que será planteado por el tribunal. La prueba se calificará con 60 puntos como máximo, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, 40 puntos.
Tercera prueba: consistirá en un examen de idioma inglés que acredite que el candidato posee un nivel en el idioma, asimilable al de titulado superior por la Escuela Oficial de Idiomas. La prueba se calificará con 10 puntos como máximo, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcance, al menos, 5 puntos.
La duración máxima de la prueba será fijada por el Tribunal antes del comienzo de la misma.
8.3. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.
8.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.
9.-Relación de aprobados y llamamiento.
9.1. Terminada la calificación de la prueba, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el lugar de celebración de las pruebas, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida y la remitirá al Director del Area de Presidencia para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.
Los empates que se produzcan se dirimirán en favor del aspirante de mayor edad.
9.2. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Pamplona, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.
9.3. Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002 de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.
9.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.
10.-Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.
Pamplona, 4 de marzo de 2008.-El Director del Area de Presidencia, Julio Sucunza Azcona.
ANEXO II
1.-Instituciones de la Unión Europea relevantes en el ámbito de las políticas culturales y de la cooperación cultural.
2.-Asociaciones y redes de ciudades europeas que trabajan en el campo de la cultura y la cooperación cultural: cuáles son las más importantes y cuáles son sus objetivos y actividades.
3.-Historia y situación actual de la acción cultural de la Comunidad Europea. Programas europeos en el campo de la cultura y la cooperación cultural. Fuentes de financiación europea para las iniciativas culturales.
4.-Decisión 1622/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece una acción comunitaria a favor de la manifestación "Capital Europea de la Cultura" para los años 2007 a 2019.
5.-Capital Europea de la Cultura: ciudades que lo han sido recientemente, programa cultural desarrollado, estrategias de gestión de sus candidaturas.
6.-El libro verde sobre las políticas culturales de las administraciones locales y regionales europeas, de Les Rencontres Asociación de Ciudades y Regiones Europeas por la Cultura.
7.-La realidad cultural de Pamplona desde el punto de vista de la cooperación cultural internacional: agentes culturales públicos y privados, grupos artísticos más relevantes.
8.-Otras ciudades españolas candidatas a Capital Europea de la Cultura en 2016: ventajas comparativas y puntos débiles de Pamplona.
9.-Las ciudades polacas candidatas a Capital Europea de la Cultura en 2016. Su historia y su situación actual en el marco de la historia reciente de Polonia, con especial incidencia en la ciudad de Torun.
10.-Instituciones públicas españolas que se ocupan de la promoción y difusión de la cultura española en el mundo: cuáles son las más importantes y cuáles son sus objetivos y actividades.
11.-La delegación del Gobierno de Navarra en Bruselas: funciones y actividad.
12.-Marketing y comunicación en la candidatura de Pamplona como capital europea de cultura 2016: competencia de otras ciudades, posicionamiento de Pamplona en la carrera por la capitalidad, públicos de la candidatura y estrategias de marketing para cada uno de ellos.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario